La Unión Europea fija el fomento del plurilingüismo como un objetivo irrenunciable para la construcción de un proyecto europeo.
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece como objetivo y como ámbito de especial incidencia el fomento del plurilingüismo.
El preámbulo del Decreto Foral 23/2007, de 19 de marzo, por el que se establece el currículo de las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, regula como principio educativo la coordinación de las enseñanzas lingüísticas del currículo a través del tratamiento integrado de las lenguas.
El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra considera que la coordinación y el tratamiento integrado de las lenguas, así como el fomento del multilingüismo y de la diversidad lingüística, son objetivos de interés estratégico y de mejora de la calidad del sistema educativo navarro en materia de comunicación lingüística.
El Proyecto Lingüístico de Centro es un documento básico del centro, que tiene que contemplar la coordinación y el tratamiento integrado de las lenguas y el fomento del multilingüismo y de la diversidad lingüística para mejorar la calidad del sistema educativo navarro en materia de competencia en comunicación lingüística.
El Proyecto Lingüístico de Centro es un desarrollo del Proyecto Educativo en materia lingüística y debe estar en consonancia con los documentos de planificación del centro y con las concreciones curriculares.